REQUISITOS LEGALES PARA UNA COMPRA - VENTA INMOBILIARIA DE SEGUNDO USO (SEGUNDA PARTE)

Adicionalmente a los  requisitos señalados en la primera parte de la publicación del 20 de Enero del presente año, muchas veces se presentan casos específicos respecto a los vendedores. Aquí algunos casos:
a) MENORES DE EDAD: Se adjuntará autorización judicial para vender los bienes del menor.
b) INCAPACES: Se adjuntará  interdicción inscrita en el registro de personas naturales de los Registros Públicos y autorización judicial para vender bienes del incapaz.
c) PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS: Se adjuntará certificado médico expedido por médico neurólogo o psiquiatra.
d) SEPARACIÓN DE PATRIMONIOS: Se adjuntará la partida registral de la separación de Patrimonios expedido por los registros  públicos.
e) PODERES: Se requiere que conste en forma indubitable la facultad de enajenar y por escritura pública debidamente inscrita en el Registro de Mandatos y Poderes.(Vigencia de Poder).
f) PERSONA JURÍDICA: Partida o ficha registral de la persona jurídica, donde conste el otorgamiento expreso de facultades para disponer o adquirir  bienes inmuebles del representante legal o apoderado de la misma. (Vigencia de poder).
CONSEJOS:
♦ Siempre asesorarse por abogado especialista en inmuebles. Recuerde, cada caso es diferente.
♦ Al realizar la transferencia de un inmueble, no olvide solicitar el alta y baja en la municipalidad        correspondiente dentro del último día del mes siguiente de realizada la compra-venta.